"En Inglaterra se llama a las escuelas privadas Public
Schools; semejante confusión de términos parece
haber tomado carta de ciudadanía aquí. En unas declaraciones
a la prensa (El Plata, febrero 9, 1956), el actual director
del Instituto Nacional de Investigaciones y Archivos Literarios,
profesor Roberto Ibáñez, contestó de esta
manera a la pregunta de un cronista en el sentido de si cualquier
persona puede consultar el material del Instituto: "No
es desde luego un repositorio público. Aunque se abre gustosamente
a la búsqueda de los investigadores solventes y serios
o de los estudiosos o especializados en temas de literatura".
La circunstancia de que esta declaración sobre un tema
tan delicado esté incorporada a un texto periodístico
no debe afectar su valor intrínseco. Por el contrario,
debe ser considerada como oficial desde el momento que la abundancia
de originales que ilustran la nota y las mismas comillas que distinguen
las palabras del declarante, permiten suponer no sólo su
autenticidad y fidelidad sino hasta la activa colaboración
de los interesados en su publicación. Por tal motivo, la
declaración asume gran importancia, máxime si se
tiene en cuenta que es la primera que efectúa sobre el
tema el director del Instituto desde que tomó posesión
de su cargo hace unos seis años.
La tesis que sostiene en la declaración arriba citada
es que el Instituto no es un repositorio público. No se
dice sin embargo qué es, aunque se deja la puerta abierta
a las suposiciones. La Ley de creación -que se publicó
en el Nº 1, diciembre 1949, de la Revista del mismo
Instituto, pp. 519/20- es suficientemente explícita en
no establecer para este Instituto un régimen de excepción,
como lo hizo sí la Ley de creación del Archivo Artigas.
Por lo tanto no se comprende en qué se funda la distinción
que pretende establecerse arriba. El Instituto ha sido creado
por el Estado y tiene una partida anual de 35 mil pesos. Es público,
sin duda alguna.
Lo que tal vez quiera decirse es que aunque público no
está abierto a toda clase de público. Y así
lo hace suponer la frase siguiente que habla de investigadores
solventes y serios. Una comparación con el Museo Histórico
puede ayudar a aclarar el punto. También el Museo pertenece
al Estado y es sostenido por el Estado. Parte del Museo está
abierta a todo público; parte (la Biblioteca, los Archivos)
está abierta sólo a estudiosos e investigadores.
Para consultar algún libro o algún documento el
interesado sólo necesita presentarse al Museo y llenar
una ficha. ¿Estas exigencias permitirían afirmar
que éste no es un repositorio público? Evidentemente
que no. Lo mismo ocurre con el Instituto de Investigaciones Literarias.
Y lo confirma la frase que sigue a la primera. Pero en dicha
frase se encuentra una curiosa utilización del verbo abrir
en la que, aunque sin descender al ridículo de la crítica
hermosillesca, no hay más remedio que detenerse. La frase
afirma que el Instituto "se abre gustosamente a la búsqueda
de investigadores", etc. Pero, cómo no ha de abrirse
si fue creado para eso: para abrirse y no para cerrarse.
Lo que la declaración no dice es cómo se hace para
consultar el material del Instituto. En el Museo Histórico
basta llenar una ficha. En el Instituto las cosas pasan de otro
modo. Por la misma declaración se deduce que el interesado
deberá probar que es "solvente y serio",
que es "estudioso". Tampoco dice la declaración
cómo se determina esa solvencia y seriedad, o si la determina
(a su arbitrio) la dirección del Instituto. El tema es
sumamente delicado y las omisiones en este sentido lo hacen más
delicado aún. Sobre todo, cuando a continuación
del error de negar a un Archivo oficial el carácter de
repositorio público, a continuación del silencio
sobre cómo y quién califica a los investigadores,
la declaración agrega estas palabras:
"Desde luego sialgunos materiales en estudio u otros
de carácter íntimo deben ser reservados como ocurre
en todas partes, ello no limita fundamentalmente las aspiraciones
del interesado en conocer temas especiales de nuestras letras".
Esta frase declara que hay materiales "reservados":
A) porque están en estudio; B) porque son de carácter
íntimo. O sea que en vez de aclarar cómo se puede
acceder a los Archivos, cómo se califica a un investigador,
quién lo califica, la declaración insiste en que
ciertos papeles no pueden ser consultados. Es decir: pone otra
barrera.
La práctica de estos últimos seis años ha
demostrado que el Instituto se cierra más que se abre.
Más de una vez se ha negado a investigadores nacionales
y extranjero el acceso a materiales que el Instituto custodia
(y cómo) so pretexto de que esos materiales eran "reservados",
aunque a veces se tratara de materiales expuestos públicamente
por el Instituto como es el caso de buena parte del Archivo Rodó
o de que esos materiales serían publicados de inmediato
por algún funcionarios del instituto en libro que no tardaría
quince días en salir a luz. (Para algunos de esos libros
esta fórmula de los quince días parece mágica;
permite cubrir con ella años y hasta lustros de tozuda
ineditez).
Hay una circunstancia que agrava más el error de calificar
al Instituto quitándole el carácter de repositorio
público o el silencio sobre cómo se califica a un
investigador y quién lo califica. En la práctica,
la Dirección actúa a su arbitrio. Nada parece limitarla,
ni un reglamento interno, ni la circunstancia de que el mismo
director sea investigador y como tal vez esté en competencia
con las mismas personas a las que califica o descalifica. Por
otra parte, el mismo director trabaja para organismos oficiales
ajenos al Instituto o para editores comerciales; en esta tarea
es un investigador, tan particular como los otros. No cabe censurar
que lo sea; cabe asegurar sí que para sus investigaciones
privadas o ajenas al Instituto se prevalezca de su condición
pública.
En efecto: el Sr. director está preparando una investigación
para la Facultad de Humanidades sobre Herrera y Reissig; también
está preparando una edición del Proteo de
Rodó para la editorial mexicana Fondo de Cultura Económica
(ha declarado que es para la Biblioteca Americana); también
anuncia en la misma editorial una edición de Poesías
de Herrera y Reissig. Cada uno de esos trabajos afecta parte
de los Archivos del Instituto. Puede suponerse que mientras no
se publiquen esas investigaciones no se podrá tocar los
documentos manejados por el Sr. Director. Esos documentos estarán,
para usar el eufemismo, reservados. Lo único que
falta es que el Sr. director decida presentase ahora al concurso
del Concejo Departamental sobre la Vida de Zorrilla de San Martín
para que todo el Archivo Zorrilla quede "reservado":
El Instituto Nacional de Investigaciones y Arribos Literarios
ha sido creado por el Estado, con dinero del Estado. Es un repositorio
público y no un repositorio privado. Debe estar abierto
a todo investigador literario, independientemente de que éste
sea persona grata a alguno de sus funcionarios. La circunstancia
de que un funcionario (así sea el Dr. Director en persona)
esté trabajando -oficial o particularmente- en alguno de
los Archivos no puede impedir que este Archivo sea consultado
libremente por otros investigadores. Bastaría establecer
una fórmula de precedencia o reconocimiento objetivo de
quien lo consultó primero para dejar a salvo los derechos
particulares (y no públicos) de cada investigador. Toda
otra interpretación tiende a convertir un instituto que
le ha costado hasta el momento al Estado unos doscientos mil pesos
en un instituto "reservado" para mayor beneficio
de sus funcionarios."